Invitamos a lectoras y lectores a recorrer nuestro blog, donde abordamos temáticas actuales y generamos diálogo en torno a la accesibilidad y la construcción de una sociedad más justa.
28 de Abril
2026
Columna destacada
DISCAPACIDAD, PENSIONES Y FINANCIAMIENTO DE LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA SOLIDARIO A LA CRISIS ACTUAL
Por María Lía Redondo
Este artículo analiza la historia y estructura del sistema argentino de prestaciones por discapacidad, desde sus orígenes asistencialistas hasta la crisis actual. Explica cómo funcionan los dos circuitos principales: el contributivo (obras sociales financiadas por trabajadores formales) y el no contributivo (pensiones e Incluir Salud), y cómo las reformas recientes han modificado profundamente el Fondo Solidario de Redistribución, generando un colapso financiero y administrativo del sistema.
DISCAPACIDAD, PENSIONES Y FINANCIAMIENTO DE LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA SOLIDARIO A LA CRISIS ACTUAL
Este artículo analiza la historia y estructura del sistema argentino de prestaciones por discapacidad, desde sus orígenes asistencialistas hasta la crisis actual. Explica cómo funcionan los dos circuitos principales: el contributivo (obras sociales financiadas por trabajadores formales) y el no contributivo (pensiones e Incluir Salud), y cómo las reformas recientes han modificado profundamente el Fondo Solidario de Redistribución, generando un colapso financiero y administrativo del sistema.
EN ARGENTINA YA NO ALCANZA CON TENER DISCAPACIDAD: AHORA TAMBIÉN HAY QUE DEMOSTRAR PÚBLICAMENTE QUE UNO NO FORMA PARTE DE UNA SOSPECHA COLECTIVA
En la Argentina de hoy, parecería que ya no alcanza con atravesar una discapacidad, sostener tratamientos, depender de apoyos o convivir diariamente con barreras que el propio Estado reconoce desde hace décadas.
Una mirada incómoda sobre la nueva reglamentación en discapacidad
Una reflexión crítica sobre los cambios normativos recientes y sus implicaciones reales para las personas con discapacidad y sus familias.
No se encontraron columnas para ""
No te pierdas ninguna columna
Suscribite para recibir nuestras reflexiones directamente en tu correo.
Cancelar suscripción
Ingresá tu correo y dejarás de recibir notificaciones de nuevas columnas.
Listo, ya no recibirás más notificaciones
✍ ·
Fundación Denles La Palabradenleslapalabra.com.ar
Hace algunos días entrevisté a la abogada Marta Lastra, quien impulsó el amparo colectivo que dio lugar al fallo judicial que ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud normalizar los pagos vinculados al sistema de prestaciones por discapacidad. En esa conversación apareció con fuerza una idea: el sistema atraviesa una crisis estructural y un profundo colapso financiero, administrativo y humano. Pero también quedó en evidencia otra dificultad: muchas veces discutimos sobre discapacidad sin comprender del todo cómo funciona realmente el sistema de prestaciones en Argentina, cómo se financia, qué diferencias existen entre pensiones, obras sociales, Incluir Salud y prestaciones básicas, y por qué el deterioro actual impacta de manera tan desigual sobre distintos sectores. A partir de esa charla, y de las preguntas que comenzaron a surgir alrededor de ella, nace esta nota.
La discusión sobre discapacidad en Argentina suele quedar reducida a una palabra: pensiones. Pero el sistema argentino de discapacidad nunca funcionó únicamente a través de pensiones.
Durante décadas existió una estructura mucho más compleja: una red sostenida por trabajadores, obras sociales, hospitales, programas estatales, prestadores, escuelas, terapias, sistemas de apoyo y familias. Esa red fue creciendo lentamente mientras el país atravesaba dictaduras, crisis económicas, reformas neoliberales y procesos de ampliación de derechos.
Por eso, la discusión actual es tan profunda. Porque cuando se habla de desfinanciamiento no se habla solamente de dinero. Se habla de la continuidad —o no— de una idea de protección colectiva construida a lo largo de décadas.
Durante gran parte del siglo XX argentino, la discapacidad fue pensada desde la lógica de la invalidez. La palabra misma aparecía ligada a la imposibilidad de trabajar, a la dependencia y a la asistencia. Las primeras pensiones no contributivas surgieron bajo ese paradigma: el Estado auxiliaba a quienes habían quedado afuera del sistema laboral formal.
Era un modelo profundamente asistencialista, atravesado por una mirada médica y tutelar de la discapacidad.
Durante la última dictadura militar esa lógica prácticamente no se modificó. La discapacidad seguía pensándose más como incapacidad que como ciudadanía. Y aun con el regreso de la democracia, la urgencia económica de los años ochenta hacía difícil imaginar políticas integrales.
Sin embargo, algo empezó a cambiar.
Mientras el gobierno de Raúl Alfonsín intentaba reconstruir instituciones democráticas después del terrorismo de Estado y de una economía devastada, comenzó también a fortalecerse otra idea alrededor de la salud y de la seguridad social: la noción de solidaridad.
Ya no se trataba solamente de asistir a quienes quedaban afuera, sino de construir un sistema sostenido colectivamente. En ese contexto, hacia finales de los años ochenta, terminó de consolidarse el Fondo Solidario de Redistribución dentro del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Ese fondo nunca funcionó como una caja abstracta del Estado. Su existencia estuvo históricamente vinculada a los aportes de trabajadores registrados y a las contribuciones patronales que ingresaban al sistema de seguridad social.
Cada trabajador formal aportaba, muchas veces sin saberlo, a una estructura colectiva destinada a sostener prestaciones de salud y discapacidad. Esa idea resulta clave porque modifica por completo la discusión actual.
Las prestaciones de discapacidad no surgieron como un acto de caridad estatal. Formaron parte de un esquema solidario donde millones de trabajadores sostuvieron, a través de sus aportes, tratamientos, rehabilitación, transporte, acompañamientos y múltiples dispositivos de apoyo.
Durante los años noventa, mientras el gobierno de Carlos Menem impulsaba reformas estructurales del Estado y profundas privatizaciones, el sistema de discapacidad atravesó una situación contradictoria. Por un lado, crecían las desigualdades sociales y se debilitaban muchas estructuras públicas. Por otro, comenzó a consolidarse un marco normativo más amplio para las prestaciones.
La sanción de la Ley 24.901 en 1997 transformó el escenario. Desde entonces, la discapacidad ya no quedaba reducida a una pensión. El sistema comenzó a reconocer tratamientos, educación especial, transporte, hogares, centros educativos terapéuticos y apoyos integrales como parte de un derecho prestacional.
Con enormes desigualdades, demoras y judicialización permanente, es cierto. Pero aun así el sistema se expandía.
Después llegaron la crisis de 2001, la reconstrucción económica posterior y una nueva etapa de ampliación de políticas sociales durante los gobiernos kirchneristas. La discapacidad empezó a ingresar con más fuerza en el lenguaje de los derechos humanos.
En 2006, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad modificó internacionalmente la manera de entender el problema. La discapacidad dejaba de ser pensada solamente como una condición individual y comenzaba a comprenderse también como el resultado de barreras sociales, económicas, culturales e institucionales.
En Argentina, ese nuevo paradigma convivió —muchas veces de manera incómoda— con viejas estructuras asistencialistas. Pero, incluso con contradicciones, el sistema continuaba funcionando.
Durante décadas, el sistema argentino de discapacidad se sostuvo sobre dos grandes circuitos distintos, aunque muchas veces la sociedad los confundiera como si fueran lo mismo.
Por un lado, estaban las personas cubiertas por obras sociales. Esas personas ingresaban al sistema a través del trabajo registrado, propio o de un familiar. Allí el financiamiento provenía de aportes salariales y contribuciones patronales que ingresaban al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Parte de esos recursos terminaba en el Fondo Solidario de Redistribución, creado para compensar prestaciones de alto costo y sostener coberturas complejas, entre ellas muchas vinculadas a discapacidad.
Ese circuito giraba alrededor del empleo formal. El trabajador aportaba todos los meses. La AFIP —hoy ARCA— recaudaba. La Superintendencia administraba. Las obras sociales cubrían prestaciones y luego solicitaban reintegros al Fondo Solidario.
Por otro lado, quedaban las personas completamente fuera del sistema contributivo: personas sin empleo formal, familias en situación de extrema vulnerabilidad o personas con discapacidad sin posibilidad de incorporarse al mercado laboral registrado. Allí aparecía el régimen de pensiones no contributivas.
Junto a esas pensiones aparecía también el Programa Federal Incluir Salud, destinado a personas con discapacidad que no cuentan con obra social ni con cobertura proveniente del sistema de trabajo formal.
Incluir Salud nunca funcionó como una obra social tradicional. Su lógica estuvo vinculada específicamente a quienes recibían pensiones no contributivas y quedaban fuera del sistema contributivo.
Para ingresar allí no alcanzaba únicamente con tener una discapacidad. Era necesario atravesar evaluaciones médicas, acreditar condiciones socioeconómicas y obtener una pensión otorgada por el Estado nacional.
Es decir: una persona con discapacidad con obra social ingresaba por el circuito contributivo financiado por trabajadores registrados. En cambio, una persona con discapacidad en situación de pobreza estructural, sin empleo formal y beneficiaria de una pensión no contributiva, dependía principalmente de Incluir Salud y del financiamiento estatal directo.
Eran dos circuitos distintos dentro del mismo sistema de discapacidad.
Durante años ambos modelos convivieron con enormes problemas, demoras y desigualdades. Pero existía una decisión política de sostenerlos.
En 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri, apareció otra transformación importante: la creación de la Agencia Nacional de Discapacidad. La ANDIS concentró pensiones, programas y coordinación de políticas públicas que hasta entonces se encontraban dispersas en distintos organismos. Junto con esa reorganización comenzaron también auditorías y revisiones masivas sobre el sistema de pensiones.
Pero el cambio más fuerte empezó a producirse con las reformas recientes sobre el Sistema Nacional del Seguro de Salud impulsadas durante el gobierno de Javier Milei.
Con el DNU 70/2023 y las modificaciones posteriores, las empresas de medicina prepaga comenzaron a incorporarse al mismo esquema de financiamiento solidario que históricamente había funcionado principalmente alrededor de las obras sociales sindicales.
Y ahí se abrió una discusión cada vez más fuerte dentro del sistema de salud.
El Fondo Solidario de Redistribución tenía recursos limitados y había sido pensado originalmente para compensar prestaciones complejas dentro de un esquema solidario de seguridad social. La incorporación de nuevos actores privados al mismo circuito modificó la lógica histórica del fondo y abrió interrogantes sobre el destino de esos recursos.
Todo esto ocurrió, además, en un contexto de demoras prestacionales, atraso de nomencladores y crisis financiera de múltiples instituciones vinculadas a discapacidad.
En paralelo, el sistema de pensiones y el Programa Incluir Salud comenzaron a atravesar otro proceso: auditorías masivas, demoras administrativas, interrupciones prestacionales y debilitamiento operativo.
Allí aparece un problema estructural que muchas veces queda invisibilizado.
En la Argentina de hoy, parecería que ya no alcanza con atravesar una discapacidad, sostener tratamientos, depender de apoyos o convivir diariamente con barreras que el propio Estado reconoce desde hace décadas.
Ahora también hay que demostrar públicamente que uno no es un fraude.
Ese es el clima que empezó a construirse alrededor del nuevo discurso oficial sobre las pensiones por invalidez y las auditorías impulsadas por el Gobierno Nacional.
Un discurso que habla permanentemente de “fraude”, de “irregularidades” y de “sospechas”, pero que al mismo tiempo no logra explicar con claridad cuántos casos concretos de fraude existen realmente, cuántas condenas judiciales hay, cuánto dinero fue recuperado ni qué porcentaje representan esos casos sobre el universo total de personas que reciben una pensión.
Y esa diferencia importa.
Porque no es lo mismo investigar delitos concretos que instalar una sospecha generalizada sobre toda una población.
No es lo mismo perseguir corrupción que construir socialmente la idea de que miles de personas con discapacidad deben justificar permanentemente su condición frente al Estado y frente a la sociedad.
El problema empieza cuando el fraude deja de ser una excepción perseguida judicialmente y se transforma en un relato político útil para legitimar recortes.
Ahí el riesgo ya no es solamente presupuestario.
Es democrático.
Porque las personas con discapacidad no son categorías sospechosas.
Son sujetos de derecho protegidos por la Constitución Nacional y por tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La misma Convención que hoy el propio Estado cita para justificar auditorías y restricciones nació justamente para garantizar inclusión, autonomía, accesibilidad y participación social.
No para colocar a las personas bajo sospecha permanente.
Y hay algo todavía más grave: los recortes y revisiones no aparecen aislados. Se concentran especialmente sobre educación y discapacidad, dos áreas que el Estado argentino tiene obligación jurídica de proteger de manera reforzada.
No se trata de políticas optativas.
No se trata de favores.
No se trata de concesiones económicas discrecionales.
Se trata de derechos adquiridos.
Por eso el Estado tiene el deber institucional de explicar qué está haciendo, por qué lo está haciendo y hacia dónde están destinados los recursos que recorta.
Porque un Estado de derecho no es solamente un Estado que administra recursos.
Es un Estado que respeta el derecho, sus límites constitucionales y la legitimidad democrática de sus decisiones.
Y la legitimidad no surge únicamente del resultado electoral.
También surge de la validación social de las decisiones que impactan sobre la vida de millones de personas.
Cuando un gobierno no explica suficientemente por qué ajusta sobre sectores especialmente protegidos por el sistema jurídico, la discusión deja de ser solamente económica.
Empieza a convertirse en una discusión sobre el sentido mismo del Estado de derecho.
Porque si la sospecha reemplaza a la garantía, si la auditoría reemplaza al acompañamiento y si el discurso público habla más del fraude que de los derechos, entonces el problema deja de estar únicamente en el presupuesto.
Empieza a estar en el vínculo entre el Estado y la sociedad que dice representar.
Y quizás la pregunta más preocupante de todas sea esta:
¿cuánto daño institucional produce un Estado que obliga a las personas con discapacidad a demostrar constantemente que merecen los derechos que ya les fueron reconocidos por la propia ley?
Lucio tenía una vida estable. Tenía un acompañante terapéutico, una rutina que organizaba
sus días y un entorno que le permitía estar mejor. Ese esquema no era excepcional.
Formaba parte de un sistema de apoyos que ya estaba en funcionamiento.
El acompañante terapéutico no es un cuidador ocasional ni un “plus” del sistema. Es
una figura que forma parte de los apoyos que muchas personas necesitan para
desarrollar su vida cotidiana: organizar actividades, sostener vínculos, habitar
espacios sociales, estudiar, trabajar. No toma decisiones por la persona, no sustituye
su voluntad, sino que hace posible que pueda ejercer su proyecto de vida.
Durante meses, incluso años, esa organización sostuvo algo más que una rutina:
sostuvo la posibilidad de estar, de salir, de vincularse. El acompañamiento era una
necesidad para que su vida fuera autónoma.
La interrupción llegó.
No fue de un día para otro en términos formales, pero sí en sus efectos. Se produjo en
el marco de revisiones de prestaciones dentro del sistema de discapacidad. La medida se
materializó como una suspensión del acompañamiento terapéutico, ejecutada sin una
instancia previa de explicación accesible, sin una notificación suficientemente fundada y sin
que se informaran con claridad los criterios aplicados para tomar esa decisión.
No hubo transición.
Tampoco apareció una alternativa que permitiera sostener, aunque sea parcialmente, el
esquema que ya existía. El corte fue directo.
Un día el acompañante dejó de ir. No porque Lucio ya no lo necesitara. No porque
hubiera un “alta”. Simplemente dejó de estar.
En términos administrativos, puede leerse como una modificación dentro del sistema. En
términos concretos, implicó la interrupción inmediata de un apoyo en ejercicio.
Ahí empieza el problema.
Porque lo que está en discusión no es solo la existencia de revisiones dentro del sistema,
que forman parte de su funcionamiento y engranaje, sino cómo se implementan esas
revisiones y bajo qué condiciones se ejecutan sus efectos.
En este caso, la suspensión opera como una decisión administrativa sin un acto
suficientemente fundado que permita comprenderla, y sin un procedimiento claro que
garantice su revisión.
Dicho de otro modo: el Estado puede revisar prestaciones, pero no puede hacerlo de
cualquier manera. Tiene que explicar qué decide, por qué lo decide y cómo se puede
discutir esa decisión.
Eso tiene consecuencias.
Cuando una medida de este tipo se ejecuta sin notificación adecuada, sin fundamentación
accesible y sin canales efectivos de impugnación, lo que se restringe no es solo un servicio.
Se limita la posibilidad misma de entender la decisión y de ejercer algún tipo de defensa
frente a ella.
El problema, entonces, no es únicamente la suspensión.
Es la forma.
Porque una interrupción de un apoyo en curso sin garantías de debido proceso, sin
evaluación individual comunicable y sin mecanismos reales de revisión, deja a la persona
en una situación de absoluta asimetría frente a la decisión que la afecta.
El derecho a ser oído, a recibir una explicación clara y a poder reclamar no es un
detalle técnico. Es lo mínimo que hace que una decisión estatal sea legítima.
Lucio no traduce esto en términos jurídicos.
No habla de actos administrativos ni de procedimientos. No discute criterios técnicos ni
presupuestarios.
Lucio pregunta por lo que dejó de estar.
Pregunta por qué su acompañante no volvió. Pregunta cuándo vuelve. Pregunta si
hizo algo mal.
Pero esa pregunta expone algo más amplio.
Expone que la decisión fue ejecutada sin construir, al mismo tiempo, las condiciones
mínimas para que pueda ser comprendida. Y cuando eso ocurre, la decisión queda cerrada
sobre sí misma: se toma, se aplica y produce efectos, sin habilitar instancias reales de
explicación o revisión.
Esto no es solo un problema administrativo. Es un problema de derechos. La
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene
jerarquía constitucional en Argentina, establece que los Estados deben garantizar
apoyos para la vida independiente, la inclusión en la comunidad y el ejercicio de la
autonomía. Esos apoyos no son discrecionales: son obligaciones.
Ahí es donde el caso deja de ser individual.
Porque cuando una suspensión puede producirse sin garantías suficientes de
procedimiento, lo que aparece no es solo una falla puntual. Aparece un modo de
funcionamiento en el que las decisiones impactan directamente sobre las personas sin que
exista un recorrido claro para entenderlas o cuestionarlas.
Y ese modo de funcionamiento se vuelve todavía más grave en un contexto que ya
fue reconocido como crítico. En 2025, Argentina sancionó una ley de emergencia en
discapacidad para asegurar prestaciones básicas que estaban siendo vulneradas.
Esa ley no describe un sistema en equilibrio: describe un sistema en crisis.
En ese escenario, suspender un apoyo sin garantías no es una excepción menor. Es
profundizar una situación que el propio Estado ya reconoció como urgente.
Y en ese recorrido ausente también falta algo básico: quién responde. Quién recibe el
reclamo. Quién da una explicación. Quién revisa lo que ya se decidió.
Entonces la pregunta inicial cambia de escala.
Ya no es solo quién le explica y acompaña a Lucio lo que pasó.
Es cómo un sistema que administra apoyos puede interrumpirlos sin asegurar, al mismo
tiempo, condiciones básicas de información, fundamentación y revisión.
Y, sobre todo, quién responde por lo que esa interrupción produce.
Porque cuando una prestación se suspende de este modo, sin proceso claro, sin
fundamentos accesibles y sin alternativas, no se trata solo de una revisión administrativa.
Se trata de una interrupción de derechos en ejercicio.
Hace algunos días entrevisté a la abogada Marta Lastra, quien impulsó el amparo colectivo que dio lugar al fallo judicial que ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud normalizar los pagos vinculados al sistema de prestaciones por discapacidad. En esa conversación apareció con fuerza una idea: el sistema atraviesa una crisis estructural y un profundo colapso financiero, administrativo y humano. Pero también quedó en evidencia otra dificultad: muchas veces discutimos sobre discapacidad sin comprender del todo cómo funciona realmente el sistema de prestaciones en Argentina, cómo se financia, qué diferencias existen entre pensiones, obras sociales, Incluir Salud y prestaciones básicas, y por qué el deterioro actual impacta de manera tan desigual sobre distintos sectores. A partir de esa charla, y de las preguntas que comenzaron a surgir alrededor de ella, nace esta nota.
La discusión sobre discapacidad en Argentina suele quedar reducida a una palabra: pensiones. Pero el sistema argentino de discapacidad nunca funcionó únicamente a través de pensiones.
Durante décadas existió una estructura mucho más compleja: una red sostenida por trabajadores, obras sociales, hospitales, programas estatales, prestadores, escuelas, terapias, sistemas de apoyo y familias. Esa red fue creciendo lentamente mientras el país atravesaba dictaduras, crisis económicas, reformas neoliberales y procesos de ampliación de derechos.
Por eso, la discusión actual es tan profunda. Porque cuando se habla de desfinanciamiento no se habla solamente de dinero. Se habla de la continuidad —o no— de una idea de protección colectiva construida a lo largo de décadas.
Durante gran parte del siglo XX argentino, la discapacidad fue pensada desde la lógica de la invalidez. La palabra misma aparecía ligada a la imposibilidad de trabajar, a la dependencia y a la asistencia. Las primeras pensiones no contributivas surgieron bajo ese paradigma: el Estado auxiliaba a quienes habían quedado afuera del sistema laboral formal.
Era un modelo profundamente asistencialista, atravesado por una mirada médica y tutelar de la discapacidad.
Durante la última dictadura militar esa lógica prácticamente no se modificó. La discapacidad seguía pensándose más como incapacidad que como ciudadanía. Y aun con el regreso de la democracia, la urgencia económica de los años ochenta hacía difícil imaginar políticas integrales.
Sin embargo, algo empezó a cambiar.
Mientras el gobierno de Raúl Alfonsín intentaba reconstruir instituciones democráticas después del terrorismo de Estado y de una economía devastada, comenzó también a fortalecerse otra idea alrededor de la salud y de la seguridad social: la noción de solidaridad.
Ya no se trataba solamente de asistir a quienes quedaban afuera, sino de construir un sistema sostenido colectivamente. En ese contexto, hacia finales de los años ochenta, terminó de consolidarse el Fondo Solidario de Redistribución dentro del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Ese fondo nunca funcionó como una caja abstracta del Estado. Su existencia estuvo históricamente vinculada a los aportes de trabajadores registrados y a las contribuciones patronales que ingresaban al sistema de seguridad social.
Cada trabajador formal aportaba, muchas veces sin saberlo, a una estructura colectiva destinada a sostener prestaciones de salud y discapacidad. Esa idea resulta clave porque modifica por completo la discusión actual.
Las prestaciones de discapacidad no surgieron como un acto de caridad estatal. Formaron parte de un esquema solidario donde millones de trabajadores sostuvieron, a través de sus aportes, tratamientos, rehabilitación, transporte, acompañamientos y múltiples dispositivos de apoyo.
Durante los años noventa, mientras el gobierno de Carlos Menem impulsaba reformas estructurales del Estado y profundas privatizaciones, el sistema de discapacidad atravesó una situación contradictoria. Por un lado, crecían las desigualdades sociales y se debilitaban muchas estructuras públicas. Por otro, comenzó a consolidarse un marco normativo más amplio para las prestaciones.
La sanción de la Ley 24.901 en 1997 transformó el escenario. Desde entonces, la discapacidad ya no quedaba reducida a una pensión. El sistema comenzó a reconocer tratamientos, educación especial, transporte, hogares, centros educativos terapéuticos y apoyos integrales como parte de un derecho prestacional.
Con enormes desigualdades, demoras y judicialización permanente, es cierto. Pero aun así el sistema se expandía.
Después llegaron la crisis de 2001, la reconstrucción económica posterior y una nueva etapa de ampliación de políticas sociales durante los gobiernos kirchneristas. La discapacidad empezó a ingresar con más fuerza en el lenguaje de los derechos humanos.
En 2006, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad modificó internacionalmente la manera de entender el problema. La discapacidad dejaba de ser pensada solamente como una condición individual y comenzaba a comprenderse también como el resultado de barreras sociales, económicas, culturales e institucionales.
En Argentina, ese nuevo paradigma convivió —muchas veces de manera incómoda— con viejas estructuras asistencialistas. Pero, incluso con contradicciones, el sistema continuaba funcionando.
Durante décadas, el sistema argentino de discapacidad se sostuvo sobre dos grandes circuitos distintos, aunque muchas veces la sociedad los confundiera como si fueran lo mismo.
Por un lado, estaban las personas cubiertas por obras sociales. Esas personas ingresaban al sistema a través del trabajo registrado, propio o de un familiar. Allí el financiamiento provenía de aportes salariales y contribuciones patronales que ingresaban al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Parte de esos recursos terminaba en el Fondo Solidario de Redistribución, creado para compensar prestaciones de alto costo y sostener coberturas complejas, entre ellas muchas vinculadas a discapacidad.
Ese circuito giraba alrededor del empleo formal. El trabajador aportaba todos los meses. La AFIP —hoy ARCA— recaudaba. La Superintendencia administraba. Las obras sociales cubrían prestaciones y luego solicitaban reintegros al Fondo Solidario.
Por otro lado, quedaban las personas completamente fuera del sistema contributivo: personas sin empleo formal, familias en situación de extrema vulnerabilidad o personas con discapacidad sin posibilidad de incorporarse al mercado laboral registrado. Allí aparecía el régimen de pensiones no contributivas.
Junto a esas pensiones aparecía también el Programa Federal Incluir Salud, destinado a personas con discapacidad que no cuentan con obra social ni con cobertura proveniente del sistema de trabajo formal.
Incluir Salud nunca funcionó como una obra social tradicional. Su lógica estuvo vinculada específicamente a quienes recibían pensiones no contributivas y quedaban fuera del sistema contributivo.
Para ingresar allí no alcanzaba únicamente con tener una discapacidad. Era necesario atravesar evaluaciones médicas, acreditar condiciones socioeconómicas y obtener una pensión otorgada por el Estado nacional.
Es decir: una persona con discapacidad con obra social ingresaba por el circuito contributivo financiado por trabajadores registrados. En cambio, una persona con discapacidad en situación de pobreza estructural, sin empleo formal y beneficiaria de una pensión no contributiva, dependía principalmente de Incluir Salud y del financiamiento estatal directo.
Eran dos circuitos distintos dentro del mismo sistema de discapacidad.
Durante años ambos modelos convivieron con enormes problemas, demoras y desigualdades. Pero existía una decisión política de sostenerlos.
En 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri, apareció otra transformación importante: la creación de la Agencia Nacional de Discapacidad. La ANDIS concentró pensiones, programas y coordinación de políticas públicas que hasta entonces se encontraban dispersas en distintos organismos. Junto con esa reorganización comenzaron también auditorías y revisiones masivas sobre el sistema de pensiones.
Pero el cambio más fuerte empezó a producirse con las reformas recientes sobre el Sistema Nacional del Seguro de Salud impulsadas durante el gobierno de Javier Milei.
Con el DNU 70/2023 y las modificaciones posteriores, las empresas de medicina prepaga comenzaron a incorporarse al mismo esquema de financiamiento solidario que históricamente había funcionado principalmente alrededor de las obras sociales sindicales.
Y ahí se abrió una discusión cada vez más fuerte dentro del sistema de salud.
El Fondo Solidario de Redistribución tenía recursos limitados y había sido pensado originalmente para compensar prestaciones complejas dentro de un esquema solidario de seguridad social. La incorporación de nuevos actores privados al mismo circuito modificó la lógica histórica del fondo y abrió interrogantes sobre el destino de esos recursos.
Todo esto ocurrió, además, en un contexto de demoras prestacionales, atraso de nomencladores y crisis financiera de múltiples instituciones vinculadas a discapacidad.
En paralelo, el sistema de pensiones y el Programa Incluir Salud comenzaron a atravesar otro proceso: auditorías masivas, demoras administrativas, interrupciones prestacionales y debilitamiento operativo.
Allí aparece un problema estructural que muchas veces queda invisibilizado.